Como el año pasado, el plazo para pedir la beca se inicia el 27 de marzo, ¡no te despistes!
La beca se puede pedir para las siguientes titulaciones:
- Bachillerato
- Cursos de acceso y de preparación para pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para acceso a ciclos formativos de grado medio y superior, impartidos en centros públicos y privados concertados
- Formación Profesional de grado medio y de grado superior
- Enseñanzas artísticas: profesionales y superiores
- Enseñanzas de idiomas en Escuelas Oficiales, incluida la modalidad a distancia
- Enseñanzas deportivas
- Formación Profesional de Grado Básico
La cantidad que podemos percibir es distinta según nuestras condiciones, tenemos por un lado la cuantía fija y por otro lado la cuantía variable. La cuantía fija, usando la propia tabla del ministerio, tiene las siguientes cuantías:
Hay que tener en cuenta que, si recibes la beca ligada a la renta, no tienes derecho a beca básica. Una vez se asignan las cuantías fijas a las personas que reúnan los requisitos, se reparte le importe restante. La fórmula que se usa tiene en cuenta la nota media y la renta per cápita familiar.
¿Y cómo podemos pedir la beca? Todo el proceso se tiene que realizar a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional (https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/fp-bachillerato-otros/tipos-de-becas.html). Para ello necesitas registrarte, si ya te has registrado otros años puedes usar el usuario que ya tenías. Una vez hayas accedido, tienes que rellenar el formulario online. En este paso no te pedirán que aportes documentación, quienes se encarguen comprobaran que cumples los requisitos para solicitarla. En determinados casos se podrá pedir que aportes algún documento concreto. ¡El plazo comienza el 27 de marzo y termina el 17 de mayo!
Los requisitos generales son:
- Ser español/a o tener la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea. Si eres ciudadano de la Unión Europea, tú o tu familia tenéis que residir de forma permanente en España o acreditar un trabajo por cuenta propia o ajena en España. Si no eres ciudadano/a de la Unión, aplicaremos lo que indica la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social: es decir, puedes tener derecho a beca si eres menor de 18 años o si has obtenido permiso de residencia a 31 de diciembre de 2022.
- No haber obtenido un título de nivel igual o superior a los estudios para los que pides la beca.
Para requisitos académicos más concretos, puedes consultar la página del ministerio -> https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/fp-bachillerato-otros/que-necesitas.html#requisitos-academicos
Así mismo los requisitos económicos tienen que ver con la renta obtenida, patrimonio, rendimientos del capital, inmuebles de los que se sea propietario y ganancias patrimoniales. Si quieres ver en que umbral se encuentra tu unidad familiar, puedes consultarlo aquí ->https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/fp-bachillerato-otros/que-necesitas.html#requisitos-economicos.
Algunos casos en los que no podrías ser percerptor/a de beca:
Y también ten en cuenta, que tienes ciertas obligaciones al recibir la beca. Tendrás que devolver el importe percibido en los siguientes casos:
- Si te das de baja en el centro de estudios durante el curso.
- Si no asistes al 80 % o más de las horas lectivas, salvo excepciones.
- Si no superas el 50 % de las asignaturas, los créditos matriculados o las horas matriculadas en convocatoria ordinaria o extraordinaria.
Cualquier duda puedes contactarnos:
- Correo: fadeaaragon@gmail.com
- Teléfono: 976219045 o 722369499 (Whatsapp también)
- Instagram: fadeaaragon
- Presencialmente: Ateneo Laico Stanbrook, C/Travesía de Nicolás Funes nº8